¿Te tocó una Junta de Propietarios que te quiere prohibir tener una mascota? ¿No sabes que hacer? Entonces debes leer este artículo.
Muchas veces ocurre que, cuando vives en un departamento, condominio, quinta o alguna otra propiedad con bienes comunes; puede suceder que la Junta de Propietarios no sea simpatizante de las mascotas. Puede que quieran prohibirte tenerlas o prohibirte hacer uso de ciertos bienes comunes en compañía de ellas. Por ello, redactamos este artículo para explicarte, de una forma sencilla, cuales son los derechos te respaldan a tenerlo una mascota y cuales son las limitaciones de la Junta de Propietarios.
Contenido
El Caso de Juan Ruelas
Un caso muy sonado en Perú fue el que tuvo que vivir Juan Fernando Ruelas Noa, propietario de un departamento en el distrito limeño de Magdalena. Su problema inició tres años después de la compra de su departamento, cuando la Junta de Propietarios de su edifico modificó el reglamento interno prohibiendo la adquisición de nuevas mascotas y el uso del ascensor en compañía de ellas. Esta modificación lo obligó a subir 16 pisos por la escalera cuando tenia que pasear a su perrita.
Juan Ruelas tuvo que ir hasta el Tribunal Constitucional (TC) para exponer su caso, y sentó el antecedente más importante para esta nueva problemática en Lima derivada del crecimiento vertical de la ciudad. La sentencia del TC declaró fundada la demanda (Leer el expediente de Juan Ruelas) sustentando que estas prohibiciones transgredían dos derechos fundamentales: el libre desarrollo de la personalidad y el libre tránsito.
Fundamentos que permiten la tenencia de mascotas
Definición de Mascota o Animal de Compañía
Las mascotas aparecen en la legislación bajo el término “animal de compañía” (Ley N°30407) y es definida como "toda especie doméstica que vive en el entorno humano familiar, cuyos actos puedan ser controlados por el dueño o tenedor".
Es importante resaltar que el dueño tiene la capacidad de controlar los actos de su mascota, esto nos ayuda ante alguna prohibición que quiera sustentarse por riesgos asociados a la salubridad, higiene o protección de la integridad personal de los demás propietarios. Las mascotas al tener un dueño, hacen automáticamente que estos riesgos se encuentren controlados.
Es importante resaltar que el dueño tiene la capacidad de controlar los actos de su mascota, esto nos ayuda ante alguna prohibición que quiera sustentarse por riesgos asociados a la salubridad, higiene o protección de la integridad personal de los demás propietarios. Las mascotas al tener un dueño, hacen automáticamente que estos riesgos se encuentren controlados.
El derecho al libre desarrollo de la personalidad
El derecho al libre desarrollo de la personalidad es la facultad que tenemos todos para elegir de manera autónoma nuestra forma de vivir. En ese sentido, al impedirte la tenencia de mascotas, impactan directamente a tu derecho al libre desarrollo de la personalidad, en el entendido que cada persona, según su plan de vida, tiene la opción de adoptar una mascota ya sea porque desarrolla en él vínculos afectivos y emocionales, o puede que resulte ser un significativo apoyo para el desarrollo de sus actividades diarias, como es el caso de los perros guía para las personas con discapacidad.
El derecho al libre tránsito
El derecho al libre tránsito es la facultad de circular libremente dentro del territorio nacional, siempre con la limitación del derecho a la propiedad. Al existir una prohibición absoluta de circular o hacer uso de las áreas e instalaciones comunes con la compañía de tu mascota, están atentando contra tu libertad al libre tránsito; en ese caso, en el entendido que el tránsito con tus mascotas podría afectar el derecho de otras personas (salud e integridad personal), podrían buscarse otras alternativas restringiendo el impacto con medidas razonables y proporcionales, como es el caso de acordar horarios de paseo, proponer el uso de un ascensor específico para el traslado con mascotas o estableciéndose sanciones para quienes no cumplan las obligaciones de limpiar los desperdicios que sus mascotas pudieran generar en las áreas comunes.Limitaciones de la Junta de Propietarios
La Junta de Propietarios (Ley N° 27157) es un organismo privado que cuenta con la facultad de regular el comportamiento de los residentes y visitantes de su edificio; sin embargo, como toda entidad privada, sus normas estatutarias y actos de sus órganos no deben desvincularse de los derechos fundamentales.
En ese sentido, si bien la Junta de Propietarios tiene un poder de regulación, dicho poder tiene como límite el respeto de los derechos fundamentales, y en el caso que quieran intervenir sobre ellos, su intervención debe ser razonable y proporcional. En ese sentido, para nuestro caso en particular, podrían restringir parcialmente la circulación con mascotas, pero sólo estableciendo reglas de limpieza, seguridad y horarios para el paseo de mascotas, mas no estarían facultados para establecer una prohibición total del derecho.
Conclusiones y Recomendaciones
Para una mejor revisión de lo mencionado anteriormente, te dejamos esta infografía elaborada por Pandillapets:
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Por último, si vives un caso de prohibición de mascotas en tu lugar de residencia, no olvides que antes de iniciar acciones legales debes seguir los primeros 3 pasos: infórmate, asóciate y busca alternativas de conciliación. Es más rápido y menos costoso.
Cuéntanos en los comentarios si viviste una experiencia parecida, y ayuda a los demás que como tú, tenemos nuestros amigos de cuatro patas.
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